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Condiciones Comerciales

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El presente documento contiene los Términos Generales que se aplican en la etapa de Tratativas, Contratación y Ejecución contractual, entre Lailvald Corporation del Perú S.A (en adelante “Lailvald”).

Aspectos Generales. –

  1. Lailvald y las demás partes que reciban el presente documento, se obligan a iniciar la etapa de tratativas(negociación), envío y/o aceptación de nuestra Oferta , en función de la buena fe, conforme consta en el artículo 1362° del Código Civil peruano.
  2. El computo de los plazos señalados en el presente documento es en días hábiles y desde el día siguiente a su recepción. Salvo se especifique lo contrario.
  3. Lailvald y las demás partes, pondrán a disposición entre sí, la Vigencia de Poder de la persona que negocia directamente, autoriza a un empleado a negociar y/o suscribe los documentos pertinentes. Las vigencias deberán tener una antigüedad menor a quince días calendario.
  4. Todo Acuerdo, modificación y/o aclaración, deberá constar por escrito. Si sucede luego de suscrito el contrato y/o emitida la orden de compra deberá constar en un documento denominado Adenda, el cual deberá ser suscrito por ambas partes.
  5. La Solicitud de Cotización de un bien y/o servicio, y/o el envío de la Oferta, lo que suceda primero; establece el inicio de la etapa de Tratativas.

Sobre las Ofertas. –

  1. Las ofertas deben ser enviadas mediante correo institucional y se dan por aceptadas con la emisión de la Orden de Compra, la cual deberá ser comunicada por la misma vía, en físico, Courier o en recepción.
  2. Cada Oferta señalará el plazo de vigencia; en su defecto, el plazo será de cinco días.
  3. Las Ofertas deberá estar suscritas por una persona con la facultades suficientes para vincular legalmente a la empresa. De igual forma la Orden de Compra y/o aceptación.
  4. La Orden de Compra deberá ser aceptada por el Ofertante, dentro de los dos días hábiles de su recepción. En todo caso, se da por aceptada si el proveedor del bien y/o servicio, conforme a la Oferta trasladada, inicia la ejecución del contrato.

Sobre la Orden de Compra (O/C). –

  1. La Orden de Compra deberá hacer referencia a la Oferta, con el número, revisión y fecha.
  2. La Orden de Compra deberá contener la descripción, cantidad y costo de los bienes y/o servicios; los cuales deberá coincidir con la última Oferta (cotización)enviada al Cliente.
  3. Deberá contener, como mínimo la divisa, la forma de pago, el IncoTerm y en caso, corresponda, la dirección de entrega y hora. Igualmente, el contacto (número de móvil y correo electrónico) de la persona designada por el Cliente para realizar las coordinaciones pertinentes.
  4. Las comunicaciones remitidas a la persona designada, mediante los medios de comunicación mencionados, obligan a las partes.
  5. a) Juntamente con la Orden de Compra (O/C), El Cliente deberá anexar los siguientes documentos:
    • Las Vigencias de Poder del suscribiente de la O/C.
    • Los documentos de identidad de los suscribientes.

Del Proveedor. – 

  1. Lailvald declara tener el conocimiento y experiencia que el objeto del contrato demanda.
  2. Lailvald al emitir la Oferta (cotización), acepta que ha considerado toda la información que el Cliente le ha proporcionado hasta el día anterior y ha ofertado los servicios, equipos y materiales que más se ajustan a lo requerido por el cliente. Cualquier sobrecosto, debido a la omisión y/o cambio de información técnica, logística y/o de cualquier índole, será responsabilidad de El Cliente.
  3. Lailvald asumirá todos los costos y gastos de la ejecución de la obligación que le corresponde, siempre y cuando este contenido en la Oferta (cotización) y la O/C.
  4. Lailvald, salvo pacto en contrario, entregará los bienes y/o producto Delivery Duty Paid (INCOTERMS 2000). Dentro de los servicios accesorios no está incluida la descarga del bien en las instalaciones señaladas en la O/C, la cual corre bajo cuenta y riesgo de El Cliente.
  5. La garantía sobre el bien y/o servicio ejecutado, será determinada en la Oferta (cotización).

Del Cliente. –

  1. El Cliente deberá poner a disposición todas las facilidades y/o recursos necesarios sea por costumbre y/o compromiso de parte, para el adecuado cumplimiento de la obligación por parte de Lailvald.
  2. El cliente debe disponer el cumplimiento de políticas de Seguridad, Salud Ocupacional & Medio Ambiente.
  3. Deberá disponer del personal y equipo montacargas y /o grúa necesarios para descargar el bien objeto de la O/C , en la fecha y hora indicada por Lailvald; caso contrario, asumirá todos los costos que se devengan en virtud de incumplimiento de la presente obligación.

Del Pago. –

  1. Los pagos se realizarán en la divisa y tiempos señalados. Sin embargo, se condicionan a la emisión y recepción del comprobante de pago correspondiente.
  2. Los pagos en moneda distinta a la mencionada en la Oferta, deberán realizarse en el tipo de cambio del día que indique LAILVALD
  3. Todos los pagos deberán ser bancarizados.
  4. El pago como contraprestación incluye todos los costos y/o gastos que Lailvald incurra con el fin de cumplir la obligación, con excepción del Impuesto General a las Ventas o cualquier otro impuesto y los sobrecostos que algún incumplimiento de El Cliente genere.
  5. Las condiciones de pago están contenidas en la Oferta.

De la Logística. – 

  1. El transporte de los bienes será efectuados por cuenta, costo y responsabilidad exclusiva de Lailvald, hasta el lugar señalado en la Oferta para la entrega de la O/C y será responsable de que quien efectúe el transporte cuente con los seguros correspondientes.
  2. La entrega deberá efectuarse dentro del horario de atención señalado en la O/C, lo que deberá ser coordinado previamente con el contacto designado en la O/C. Cualquier daño o pérdida ocurrida a los bienes antes de efectuada la entrega será responsabilidad de Lailvald y los bienes dañados o perdidos deberán ser repuestos por su cuenta, costo y responsabilidad.
  3. Cualquier daño o pérdida ocurrida debido a que El Cliente incumplió alguna de sus obligaciones, será asumida por él.
  4. Lailvald, deberá entregar los bienes y/o ejecutar sus obligaciones, de acuerdo con los términos de envío incluidos en la Oferta y/o Orden de Compra; cualquier cambio que genere un sobrecosto deberá ser acordado por las partes y asumidos por aquel que lo proponga. Los términos de envío, en cuanto a bienes, serán interpretados de conformidad con los INCOTERMS 2000.
  5. Las obligaciones deberán cumplirse en los términos señalados en la Oferta y/o Orden de Compra, y se considerará completa, una vez Lailvald haga entrega de los bienes y/o ejecute los servicios descritos.

Del Embalaje. – 

  1. Los bienes serán embalados, embarcados y rotulados de acuerdo con los usos, regulaciones, costumbres comerciales y normas de seguridad aplicables a dichos bienes bajo responsabilidad de Lailvald, o de acuerdo con las estipulaciones especiales solicitadas por El Cliente, siempre y cuando, sean solicitados antes de la emisión de la Oferta (cotización) final. En caso de que por la naturaleza del producto se requiera un tratamiento especial, Lailvald, asume los costos e instruirá conforme a las particularidades del mismo.
  2. Dentro de las responsabilidades de Lailvald se encuentra, tomar en cuenta, en caso corresponda, las características geográficas, cambios de presión y/o condiciones climáticas.

De la Aceptación y Transferencia. –

  1. En caso, de entrega de bienes, esta se realizará conforme lo señalado en la O/C. El Cliente deberá tener a disposición el personal necesario para realizar la descarga y la revisión de los bienes, frente a lo cual emitirá una declaración de conformidad, que puede ser explícita o tácita, lo cual implica que, de no hacer observación alguna en el día de la entrega, se dará por conforme el bien. Lo cual también sucede con la firma y/o sello de la guía de remisión correspondiente.
  2. En caso, dentro de la O/C se haya acordado la realización de pruebas, El Cliente deberá hacerlo en un plazo no mayor de cinco días calendario.
  3. Si los bienes no guardan correspondencia con lo registrado en la O/C, sea en cantidad, especificaciones técnicas y/o comerciales, fallas de fábrica, El Cliente deberá notificar a Lailvald, en el día de la recepción; o en caso se haya acordado la realización de pruebas, el plazo se vencerá el último día de la realización de las pruebas.
  4. De verificarse lo señalado en el numeral anterior El Cliente deberá poner a disposición de Lailvald, el bien o los bienes, para su reparación y/o cambio.
  5. Lailvald, tendrá un plazo no mayor al tiempo transcurrido desde la aceptación de la O/C hasta la llegada a territorio peruano. Se adicionará un plazo adicional al mencionado, el cual corresponderá al procedimiento de desaduanaje y traslado al lugar señalado en la O/C, siendo este proporcional al transcurrido en la entrega del bien devuelto.
  6. En caso de que el lugar de entrega sea distinto al lugar donde el bien entrará en uso y/o funcionamiento, se sellará la guía de remisión y EL Cliente tendrá hasta quince días calendario para realizar las verificaciones físicas y/o de funcionamiento; de sobrepasar dicho plazo, se tendrá por conforme en toda la integridad física y operativa del bien.
  7. Desde la cancelación de la orden de compra, conforme a lo señalado en la Oferta, los bienes se entienden como propiedad de El Cliente.

 

Del Cronograma , Plazo y Demoras. – 

  1. Lailvald garantiza la ejecución de la O/C de forma eficiente en función a su experiencia en el mercado.
  2. El Plazo de entrega será contabilizado desde el cumplimiento de los siguientes hitos por parte del cliente:
    1. Aceptación de Orden de compra vía correo electrónico y/o suscripción de contrato.
    2. Pago del adelanto respectivo
    3. Aprobación de diseños y/ó especificaciones técnicas.
  3. En el caso la ejecución de la obligación contenida en la O/C por parte de Lailvald esté sujeta a la previa ejecución de obligaciones de terceros, Lailvald no guarda responsabilidad alguna y El Cliente deberá correr con los gastos o costos. En caso, las demoras sean por responsabilidades imputables a Lailvald, esta correrá con todos los costos y gastos que demande el cumplimiento de la obligación contenida en la O/C.
  4. Las partes aceptan como causal eximente de responsabilidad, entiéndase como Fuerza Mayor, en el cumplimiento de la O/C, las demoras y/o cancelaciones que puedan causar las restricciones nacionales y/o internacionales, que se impongan debido a Cierre de Canales de distribución , Desastres Naturales, Pandemias, Accidentes en Puerto, Terrapuerto y/o Aeropuerto.

De la Confidencialidad. – 

  1. Las partes acuerdan que toda información que se compartan entre sí, ya sea de manera escrita y/o verbal, la que puede incluir, pero no se limita a información financiera, planes de negocios, información personal, dibujos, diseños de cualquier naturaleza, ejemplos y prototipos de artefactos, demostraciones, secretos comerciales, información técnica, sistemas de computación y software, resultados de investigaciones, listas de clientes y otros datos relacionados con la tecnología, es de naturaleza confidencial.
  2. Además, acuerdan y asumen la responsabilidad de instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información confidencial que reciban como confidencial y destinada únicamente al propósito objeto del acuerdo, en los mismos términos en que se establecen en el presente contrato.
  3. Las obligaciones previstas en el presente contrato no se aplicarán en los siguientes casos:
    1. Si se trata de información que sea de dominio público.
    2. Si la Información o cualquier parte de ella es legalmente obtenida de una tercera parte o partes sin infracción de este acuerdo, demostrando que la tercera parte es una fuente legal de Información.
    3. Si la Información o cualquier parte de ella fue conocida antes de la suscripción del presente contrato. La carga de la prueba descansa sobre el receptor de la información.
  4. En caso de que alguna de las partes incumpliera con las obligaciones dispuestas en la presenta cláusula, se establece una penalidad a favor de LAILVALD que asciende a US $ 500,000.00 (quinientos mil con 00/100 dólares americanos). Pactándose a su vez la resarcibilidad y/o indemnización del daño ulterior.

 

Resolución de Conflictos y/o Controversias. – 

Las partes acuerdan que todo litigio y controversia resultante de este contrato o relativo a éste, se resolverá mediante el arbitraje organizado y administrado por la Unidad de Arbitraje del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú de conformidad con sus reglamentos vigentes, a los cuales las partes se someten libremente, señalando que el laudo que se emita en el proceso arbitral será inapelable y definitivo.

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